Como cada año hacemos un atento recordatorio a las empresas que cuentan con Programas de Fomento autorizados por la Secretaría de Economía (IMMEX, PROSEC, ALTEX y/o ECEX) a presentar a tiempo su Reporte Anual de las Operaciones de Comercio Exterior “RAOCE”, respecto del total de las ventas y de las exportaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2023.
¿Cuándo lo debo de presentar?
¿Qué información debo declarar?
A efecto de identificar qué información se deberá de transmitir; a continuación, se presenta un cuadro que contiene los campos que deberán de llenarse en función de cada programa:
¿Dónde presento el Reporte?
A través de la Ventanilla única
Consideraciones especiales
• Previo al ingreso del Reporte Anual “RAOCE” se recomienda verificar:
◦ Certificado de firma electrónica avanzada del SAT vigente.
◦ Que el domicilio fiscal y los domicilios en los que realice sus operaciones al amparo del Programa, estén inscritos y activos en el RFC.
◦ Se cuente con Opinión positiva vigente.
◦ No encontrase en la lista negra del SAT.
◦ Verificar que se haya dado cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas en los Programas de Fomento.
◦ Empresas IMMEX, deberán verificar que se cumple con el requisito de haber realizado durante el año anterior (Ejercicio 2023) ventas al exterior por un valor superior a 500,000 dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional, o bien, haber facturado exportaciones, cuando menos por el 10% de su facturación total;
¿Qué pasa si transmití mi Reporte Anual con errores?
Una vez firmado el Reporte Anual “RAOCE”, no es posible modificarlo.
No obstante, la Secretaría de Economía establece que, en caso de haber capturado el Reporte con algún error en las cifras, se deberá de enviar al correo atencionimmex@economia.gob.mx y atención.prosec@economía.Gob.mx en un periodo no mayor a 5 días hábiles posteriores a la presentación del mismo, un escrito libre firmado por el representante legal en el cual se deberá de manifestar:
Una vez enviado el escrito se realizará la confirmación de recepción del mismo y se procederá a su resguardo en el expediente físico de la empresa (no se emite una resolución).
Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
Nos reiteramos a sus órdenes…
Atentamente,
Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de este Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno, ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”
Como hicimos de su conocimiento a través del Boletín BES-0923.12, el pasado 25 de septiembre del 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su portal, la versión 3.0 del Complemento Carta Porte (CCP) la cual inició su vigencia el 25 de Noviembre del 2023.
No obstante, con la finalidad de otorgar tiempo para la implementación de la versión 3.0 del Complemento Carta Porte, la Autoridad estableció un periodo de convivencia con la versión 2.0 del complemento, la cual estará por concluir el próximo 31 de marzo del 2024 de conformidad con lo establecido en el Séptimo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
Por lo anterior, a partir del Lunes 1 de abril del presente año, únicamente será válido emitir el CFDI (Tipo ingreso o Traslado) con Complemento Carta Porte en su versión 3.0 con el cual se podrá amparar la estancia y legal tenencia de los bienes y/o mercancías que se trasladen en el territorio nacional a través de los distintos medios de transporte.
Dada su importancia es recomendable que verifiquen si actualmente su proveedor de servicio de transporte y/o su proveedor de servicios de facturación están emitiendo el Complemento Carta Porte (CCP) en la versión 3.0, o bien, si ya se encuentran listos para su correcta emisión.
Con la finalidad de difundir información sobre el complemento Carta Porte y resolver algunas dudas, el día de ayer, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó una transmisión a través de su canal en YouTube, para ver el video, favor de remitirse al siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=xopdzlHxmbQ
Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
Nos reiteramos a sus órdenes…
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Lic Laura Mora
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Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
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Con el compromiso de informarles sobre las publicaciones de relevancia que pudieran impactar en sus operaciones de Comercio Exterior, hacemos de su conocimiento que el pasado 27 de febrero del 2024, la Secretaría de Economía publicó en su Portal Web el Comunicado No. 008 “México apuesta por el fortalecimiento de la industria acerera en América del Norte” a través del cual se informa los Acuerdos que México ha tomado en conjunto con Estados Unidos en un esfuerzo por fortalecer la relación comercial y defender los intereses del sector del acero a fin de evitar prácticas desleales y asegurar la transparencia en el comercio de acero en la región de América del Norte.
Problemática:
• Existe una gran preocupación debido al exceso de capacidad global de producción de acero, que en 2022 fue de 631.9 millones de toneladas de las cuales 18.4 millones fueron producidas en México.
• A pesar de la estabilidad en los mercados regionales, el exceso de capacidad de producción de acero en el mundo y la influencia de cuestiones geopolíticas se han convertido en factores de riesgo que amenazan la estabilidad de la industria en la región de Norteamérica.
En el comunicado se precisa que, México y Estados Unidos están tomando acciones para el control de las importaciones de los productos de acero y aluminio, incluidos en la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de Estados Unidos de 1962.
Los acuerdos que se han tomado en coordinación con la representante Comercial de Estados Unidos, embajadora Katherine Tai, son los siguientes:
I. Crear fracciones arancelarias para homologar con Estados Unidos la estructura de la clasificación de las familias de productos de acero y aluminio, lo cual ha sido concluido.
II. Homologar los aranceles con una tasa de 25% en 205 fracciones arancelarias, con base en el comportamiento de las importaciones de acero y aluminio desde países sin tratados comerciales.
El 15 de agosto de 2023 se publicó un Decreto para el establecimiento de dichos aranceles.
III. Actualizar las fracciones y las tasas arancelarias aplicables a la importación de productos de acero y aluminio, después de 6 meses de vigencia del Decreto publicado en agosto de 2023.
En la primera semana del mes de marzo se someterá dicha incorporación a la Comisión de Comercio Exterior.
IV. Incorporar los certificados de molino, que contienen la información del país de fundido y colado del acero, en los avisos automáticos de importación.
En la primera semana del mes de marzo se someterá dicha incorporación a la Comisión de Comercio Exterior.
V. Publicar la información de comercio exterior de productos de acero y aluminio, a través del Sistema de Información Arancelaria vía Internet (SIAVI).
El jueves 29 de febrero se participará en el Comité Técnico Especializado de Estadísticas de Comercio Exterior presidido por el INEGI, solicitando la apertura de dicha información.
Para mayor detalle del Comunicado de la Secretaría de Economía, favor de dar clic aquí
Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
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Atentamente,
Lic Laura Mora
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