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SE ANUNCIA PRÓRROGA A LA MANIFESTACIÓN DE VALOR ELECTRÓNICA

martes, 31 marzo 2026 / Published in Grupo Galvan

SE ANUNCIA PRÓRROGA A LA MANIFESTACIÓN DE VALOR ELECTRÓNICA

Hacemos de su conocimiento que, el 30 de marzo de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su portal, la Primera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026 en su primera versión anticipada, cuyo contenido surtirá efectos en términos de la regla 1.1.2, es decir, que los beneficios contenidos en dichas reglas y Anexos, serán aplicables a partir de que se den a conocer en el Portal del SAT, salvo que se señale fecha expresa para tales efectos.


En la citada Resolución de modificaciones se da a conocer la prórroga operativa del cumplimiento de la Manifestación de Valor electrónica, extendiendo el periodo de convivencia para su gestión hasta el 31 de mayo de 2026.

Adicionalmente se reformó la Regla 1.5.1 fr VII inciso d) y se adicionó el inciso e) en referencia a las facilidades para exceptuar la elaboración y transmisión del formato E2 “Manifestación de valor”, siendo los siguientes:


d) Se trate de las importaciones temporales señaladas en el artículo 106, fracciones II, incisos a), c) y d), III o IV, inciso b) de la Ley.


e) Se trate del pedimento global complementario, a que se refiere la regla 6.2.1 (Pedimento clave GC)

Así mismo se adicionó un segundo párrafo para señalar que en aquellas operaciones en las que la introducción se efectúe mediante documento aduanero distinto del pedimento o en las que no sea necesario hacer la transmisión a que se refieren las reglas 1.9.16. y 1.9.17 (COVE), la información y documentación correspondiente al valor de la mercancía declarado deberá entregarse a requerimiento de la autoridad aduanera, en términos del artículo 59, fracción III, primer párrafo de la Ley, es decir, se deberá de tener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar que el valor declarado ha sido determinado de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables de esta Ley y proporcionarlos a las autoridades aduaneras, cuando éstas lo requieran.


Los invitamos a continuar realizando los ajustes y pruebas necesarias para la correcta implementación de la Manifestación de Valor electrónica, así como las correspondientes pruebas en su transmisión.


Para consultar la Primera versión anticipada de la Primera Resolución de modificaciones de las RGCE para 2026, favor de dar clic aquí


Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.

Nos reiteramos a sus órdenes…


Nos asociamos con nuestros clientes para aportar, implementar y mantener soluciones integrales en Comercio Exterior que ayuden a resolver sus requerimientos, expectativas y necesidades más exigentes.

Atentamente,

Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
En Grupo Galván estamos convencidos de que, si es importante para Usted… es importante para Nosotros! Yes, We Care!
¡Contáctanos! 01 800 Galván

“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de este Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno, ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”

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