
En alcance a los Boletines BES-0625.20, BES-0625.22, BES-0625.23 y BES-0625.24 donde les hemos estado informando puntualmente sobre las actualizaciones relacionadas a los Avisos automáticos de Exportación (AAE), hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía publicó en el Portal de del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) el Boletín B.SNICE 005/2025 de fecha 15 de Julio de 2025 a través del cual se informa que se publicará en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el proyecto del Acuerdo por el que se deroga el diverso por el que se sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican.
Por lo anterior, se espera que en próximos días se publique el Acuerdo que derogará la obligación de tramitar los Avisos Automáticos de Exportación (AAE).
🌐 Para consultar el Boletín B.SNICE 005/2025 – Comunicado sobre el Acuerdo que sujeta al requisito de AAE las mercancías que se indican, favor de dar clic aquí
Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
Nos reiteramos a sus órdenes…
Atentamente,
Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de este Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno, ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”

El miércoles 16 de julio la SHCP publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la RESOLUCIÓN que modifica el Anexo 5 de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público misma que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación.
A través de la citada resolución la SHCP modificó el Anexo 5 para adicionar 31 productos de la Industria del Papel y Cartón con precios estimados.
Es importante mencionar que la presente modificación del Anexo 5 de precios estimados sería la última ampliación de precios de referencia que el Titular de la Secretaría de Economía Marcelo Ebrard, había anunciado el pasado 5 de mayo de 2025 como parte de las “Acciones para fortalecer la industria nacional”.
Por lo anterior, los precios estimados vigentes se encuentran regulados para los siguientes Sectores Industriales:
◦ Anexo 2. Automóviles usados clasificados en las partidas 8701, 8703 y 8704
◦ Anexo 3. Calzado clasificado en las partidas 6401, 6402, 6403, 6404 y 6405 (última modificación 28-05-2025)
◦ Anexo 4. Textil y confección clasificada en los capítulos 51 al 59, 60, 61, 62, 63 y 94
◦ Anexo 5.
▪ Asientos, muebles y aparatos de alumbrados; somieres, colchonetas, colchones contenidos en el capítulo 94 de la TIGIE: 19 productos de la Industria del Mueble y 6 de aparatos de alumbrado (DOF 12-05-2025)
▪ Juguetes, juegos y guitarras:13 fracciones arancelarias (DOF 26-05-2025)
▪ Artículos para recreo o deporte: 9 fracciones arancelarias del capítulo 95 de la TIGIE (DOF 16-06-2025)
▪ Papel y cartón: 31 fracciones arancelarias del capítulo 48 de la TIGIE (DOF 16-07-2025)
🌐 Para consultar la RESOLUCIÓN que modifica al Anexo 5 de precios estimados, favor de dar clic aquí
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En referencia al Aviso Automático de Exportación cuya entrada en vigor estaba prevista inicialmente para el 4 de junio del 2025 y que posteriormente fue prorrogada para el lunes 7 de julio, por medio del presente hacemos de su conocimiento el contenido del Oficio 516.2025.2089 de fecha 20 de junio de 2025 mediante el cual la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) ha anunciado nuevamente el establecimiento de una prórroga adicional a la aplicabilidad del Aviso Automático de Exportación (AAE) siendo hasta el 11 de agosto del presente año, esto con el fin de brindar mayor certidumbre operativa a los exportadores y permitir la adecuada preparación y adaptación a las nuevas disposiciones.
Por lo anterior, se establece que las solicitudes de Aviso automático de exportación serán recibidas a partir del 28 de julio de 2025, y se aclara que no serán tomadas en cuenta las solicitudes que se reciban antes de dicha fecha.
Así mismo, la DGFCCE consideró conveniente excluir del requisito de Aviso Automático de Exportación (AAE) a 25 fracciones arancelarias del listado originalmente publicado, por lo tanto, solo 5 fracciones arancelarias se encontrarán sujetas al cumplimiento del AAE, siendo las siguientes:
Fracción arancelaria |
Descripción |
8411.12.01 |
De empuje superior a 25 kN. |
8414.80.99 |
Los demás. |
8503.00.99 |
Las demás. |
8504.23.01 |
De potencia superior a 10,000 kVA. |
8544.70.01 |
Cables de fibras ópticas. |
Por último, se informa que la publicación del oficio 516.2025.2089 antes mencionado tiene por objeto dar aviso oportuno a los usuarios de comercio exterior y autoridades involucradas por lo que será formalizado mediante su publicación en Diario Oficial de la Federación (DOF), en fecha próxima para efectos legales y administrativos.
🌐 Para consultar el detalle del Oficio 516.2025.2089, favor de dar clic aquí
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