
En referencia al Aviso Automático de Exportación cuya entrada en vigor estaba prevista inicialmente para el 4 de junio del 2025 y que posteriormente fue prorrogada para el lunes 7 de julio, por medio del presente hacemos de su conocimiento el contenido del Oficio 516.2025.2089 de fecha 20 de junio de 2025 mediante el cual la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) ha anunciado nuevamente el establecimiento de una prórroga adicional a la aplicabilidad del Aviso Automático de Exportación (AAE) siendo hasta el 11 de agosto del presente año, esto con el fin de brindar mayor certidumbre operativa a los exportadores y permitir la adecuada preparación y adaptación a las nuevas disposiciones.
Por lo anterior, se establece que las solicitudes de Aviso automático de exportación serán recibidas a partir del 28 de julio de 2025, y se aclara que no serán tomadas en cuenta las solicitudes que se reciban antes de dicha fecha.
Así mismo, la DGFCCE consideró conveniente excluir del requisito de Aviso Automático de Exportación (AAE) a 25 fracciones arancelarias del listado originalmente publicado, por lo tanto, solo 5 fracciones arancelarias se encontrarán sujetas al cumplimiento del AAE, siendo las siguientes:
Fracción arancelaria |
Descripción |
8411.12.01 |
De empuje superior a 25 kN. |
8414.80.99 |
Los demás. |
8503.00.99 |
Las demás. |
8504.23.01 |
De potencia superior a 10,000 kVA. |
8544.70.01 |
Cables de fibras ópticas. |
Por último, se informa que la publicación del oficio 516.2025.2089 antes mencionado tiene por objeto dar aviso oportuno a los usuarios de comercio exterior y autoridades involucradas por lo que será formalizado mediante su publicación en Diario Oficial de la Federación (DOF), en fecha próxima para efectos legales y administrativos.
🌐 Para consultar el detalle del Oficio 516.2025.2089, favor de dar clic aquí
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