
En alcance a los Boletines BES-0625.20 y BES-0625.22 relacionados con los Avisos automáticos de exportación (AAE), hacemos de su conocimiento que el pasado 18 de junio la Secretaría de Economía publicó en el Portal de del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) una serie de Preguntas Frecuentes sobre el Aviso Automático de Exportación, las cuales contienen importantes aclaraciones para su aplicabilidad.
A continuación nos permitimos resaltar algunas de ellas:
I. Sobre la Aplicabilidad de los AAE:
Pregunta 14. ¿El AAE aplica a exportaciones definitivas, temporales y retornos? |
El aviso es aplicable a las fracciones arancelarias listadas en el Acuerdo AAE, que sean objeto de exportación, es decir, de conformidad con la definición señalada en el Artículo Segundo de dicho Acuerdo, para las mercancías que salgan del territorio nacional. Las claves de pedimento en las cuales no será exigible el AAE son: V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7, V9, VD, BB, BC, BF, K1, K3, G7 y F9. |
Pregunta 16. ¿Cuál es la vigencia del AAE? |
15 días naturales, a partir de la emisión. |
Pregunta 17. Todas las mercancías que se clasifican en las fracciones arancelarias listadas en el AAE, con sus NICOs ¿están sujetas al cumplimiento de esta disposición? |
Si, todas las fracciones, junto con sus respectivos NICO, conforme a la TIGIE, están sujetos al AAE. |
II. Sobre la presentación de las solicitudes
Pregunta 8. ¿Qué archivos debo adjuntar al correo de solicitud? |
• Solicitud Excel, nombrado “FORMATO-AAE” • Escrito libre con la información establecida en la regla 1.3.5. del Acuerdo de Reglas, en PDF, nombrado “ESCRITO LIBRE” • Documento que acredite su personalidad, en PDF. • Identificación oficial, en PDF. |
Pregunta 11. ¿En qué horario puedo mandar mi solicitud? |
Toda la información electrónica se recibirá en un horario de 9:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes. Para el caso de la información recibida de forma electrónica después de las 18:00 horas o en días inhábiles, se considerará presentada al día hábil siguiente. |
Pregunta 15. ¿El AAE se solicita por pedimento? |
No, el AAE deberá solicitarse por fracción arancelaria de la mercancía a exportar y país de destino. |
Pregunta 20. La descripción que se señala en el archivo Excel ¿tiene que ser exactamente igual a la que se declara en el pedimento? |
Sí, recuerda que la mercancía que ampare el AAE debe ser exactamente la misma que se declare en el pedimento. |
Recuerda

• Los AAE serán aplicables a partir del 7 de julio de 2025
• Las solicitudes de AAE:
• Se solicitarán mediante correo electrónico a la dirección de aviso.exportacion@economia.gob.mx
• Deberán solicitarse por fracción arancelaria de la mercancía a exportar y país de destino.
• Serán recibidas a partir del 30 de junio de 2025
• Se otorgará un folio de seguimiento en 24 horas
• Resolución final: 10 días hábiles después de recibir el folio de seguimiento.
🌐 Para consultar las Preguntas frecuentes del Aviso Automático de exportación, favor de dar clic aquí
Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
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Directora División SECOMEX
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