
Hacemos de su conocimiento que el día Lunes 13 de enero de 2025, la Subsecretaria de Industria y Comercio publicó en el Portal de SNICE el Oficio No 400.2025.001 “Criterios y requisitos para la aplicabilidad del Anexo 1 del Decreto IMMEX”, el cual se encuentra relacionado con la modificación al Decreto IMMEX del pasado 19 de diciembre del 2024 en donde se estableció en su Artículo Segundo, la prohibición para importar temporalmente al amparo del programa IMMEX las mercancías clasificadas en los capítulos 61,62,63 y las subpartidas 9404.40 y 9404.90.
A través del Oficio en referencia, la Subsecretaria establece la excepción de la aplicabilidad de las reformas del Artículo Segundo antes mencionado, únicamente para las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
1. Contar con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (RECE) vigente y que no se encuentre sujeto a un procedimiento de suspensión o cancelación.
2. Otorgar a la autoridad el acceso en línea al sistema de control de inventarios (Anexo 24-C), informando mediante escrito libre el usuario, contraseña y material necesario para acceder.
3. Únicamente se podrán llevar a cabo nuevas operaciones de comercio exterior de mercancías cuyas fracciones arancelarias hayan importado en el último año calendario.

A través del Oficio en referencia, la Subsecretaria establece la excepción de la aplicabilidad de las reformas del Artículo Segundo antes mencionado, únicamente para las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
🌐 Para mayor detalle, favor de consultar el Oficio 400.2025.001 dando clic aquí
Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
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Directora División SECOMEX
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