Grupo Galván - Servicios Aduanales de Excelencia

  • Inicio
  • Grupo Galván
  • Servicios
    • Despacho Aduanero
    • Asesoría y Capacitación en Materia Aduanera y Comercio Exterior
    • Operaciones Especiales
    • Trámites de Gobierno
    • Servicios en USA
  • Infraestructura / Cobertura
  • Contacto
  • Consulta en Línea
  • Noticias
  • Home
  • Grupo Galvan
  • Archive from category "Grupo Galvan"
  • Page 31

Category: Grupo Galvan

  • 0
Grupo Galvan
jueves, 09 junio 2022 / Published in Grupo Galvan

EL SAT PRORROGA LA OBLIGACIÓN DE EMITIR EL CFDI 4.0 HASTA EL 1 DE ENERO 2023

El día de ayer 8 de junio de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través del Comunicado 029/2022 que la entrada en vigor de la Factura electrónica 4.0 se prorroga hasta el 1ro de enero del 2023.

En el Comunicado, el SAT pide que aquellos contribuyentes que hoy utilizan la nueva versión de facturación 4.0 continúen con ella con la finalidad de socializar su uso, mientras que aquellos quienes aún no la utilizan, se emite la invitación de continuar con el proceso de transición durante el resto del año.

Así mismo aclara, que la emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores, por lo que no entregar la Constancia se situación fiscal no es motivo de despido ni de retención de pago.

Por último el SAT reitera los diferentes medios disponibles para que los interesados puedan obtener la Constancia de Situación fiscal siendo a través del portal del SAT, aplicación “SAT móvil”, Ingresando al “SAT ID” o bien, acudiendo a una oficina sin necesidad de una cita, únicamente llevando la identificación oficial y el RFC.

Es importante aclarar que la Factura Electrónica 4.0 entró en vigor desde el 1 de enero de 2022, sin embargo actualmente cuenta con un periodo de convivencia con la versión 3.3, por lo cual la obligación de emitir la factura en la nueva versión será a partir del próximo 1 de enero de 2023.

Para mayor detalle del comunicado, favor de dar clic aquí

Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.

Nos reiteramos a sus órdenes…


Nos asociamos con nuestros clientes para aportar, implementar y mantener soluciones integrales en Comercio Exterior que ayuden a resolver sus requerimientos, expectativas y necesidades más exigentes.

Atentamente,

Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
En Grupo Galván estamos convencidos de que, si es importante para Usted… es importante para Nosotros! Yes, We Care!
¡Contáctanos! 01 800 Galván

“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de este Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno, ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”

  • 0
Grupo Galvan
miércoles, 08 junio 2022 / Published in Grupo Galvan

SE PUBLICA NUEVA LIGIE MÉXICO SE PREPARA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA SÉPTIMA ENMIENDA

El día de ayer 7 de Junio de 2022, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el cual implementará la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas y preverá la creación, modificación y eliminación de fracciones arancelarias, de acuerdo al flujo comercial, avances tecnológicos así como en la resolución de problemas ambientales

Antecedentes:

• Cada 5 años, el Comité de la Organización Mundial de Aduanas revisa el Sistema Armonizado y emite recomendaciones, a las cuales se denominan “Enmiendas”, cuya finalidad es modificar y actualizar la tarifa arancelaria.

• La Séptima Enmienda a nivel Internacional entró en vigor el 1 de enero de 2022, los países que han adoptado este Convenio Internacional estarán trabajando en realizar los ajustes necesarios en su legislación interna para poder implementarla.

• La Séptima Enmienda cuenta con 351 Grupos de cambios a la Tarifa Arancelaria, principalmente orientados en la actualización de nuevos productos derivados de los avances tecnológicos así como en la asignación de clasificación arancelaria específica para la Resolución de problemas ambientales y sociales, como son los nuevos productos del tabaco y nicotina, mercancías de uso Dual, químicos potenciales que afectan el calentamiento global, entre otros.

Publicación del Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

La Ley de los Impuestos Generales De Importación y de Exportación se compone de lo Siguiente:

• En el Artículo Primero se define la Tarifa o Impuesto de dicha Ley, mejor conocida como TIGIE.

• En el Artículo Segundo se establecen las 6 Reglas Generales y 10 Reglas Complementarias para su interpretación.

¿Cuándo entrará en Vigor la Nueva LIGIE?

A los diez días hábiles siguientes a aquél en el que el SAT, mediante disposiciones de carácter general, determine que los sistemas utilizados en las operaciones de comercio exterior se encuentran listos para operar conforme a la Ley que se emite, lo cual deberá suceder dentro de los 180 días siguientes a su publicación.

Una vez que entre en vigor, se abrogará la LIGIE publicada en el DOF el 1 de julio de 2020.

Proceso de Implementación en México

Previo a la entrada en vigor de la Nueva LIGIE, nuestro marco jurídico así como nuestros sistemas relacionados con la operación de comercio exterior deberán de ser actualizados, por lo cual en los Artículos Transitorios nos establecen la siguiente Metodología:

En Grupo Galván estaremos dando el seguimiento a todo el proceso necesario para llevar a cabo una correcta implementación de la nueva LIGIE.

Por la importancia del presente DECRETO, les recomendamos revisar a detalle la publicación, aquí

Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.

Nos reiteramos a sus órdenes…


Nos asociamos con nuestros clientes para aportar, implementar y mantener soluciones integrales en Comercio Exterior que ayuden a resolver sus requerimientos, expectativas y necesidades más exigentes.

Atentamente,

Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
En Grupo Galván estamos convencidos de que, si es importante para Usted… es importante para Nosotros! Yes, We Care!
¡Contáctanos! 01 800 Galván

“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de este Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno, ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”

  • 0
Grupo Galvan
lunes, 16 mayo 2022 / Published in Grupo Galvan

MÉXICO ELIMINARÁ EL PAGO DE ARANCEL A PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA PARA COMBATIR LA INFLACIÓN

El día de hoy 16 de mayo de 2022, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se exenta el pago del arancel de importación a las mercancías que se indican, mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF salvo algunas excepciones.

Antecedentes:

• El INEGI informó, que para la primera quincena de abril de 2022, la inflación anual en México se situó en una tasa de 7.72%, con un crecimiento de 0.16%, respecto a la quincena previa

• Con la finalidad de reducir la inflación y la caída en el consumo de los hogares mexicanos, el pasado 4 de mayo el Gobierno de México dio a conocer el Paquete Contra la Inflación y la Carestía, mediante el cual se establecieron diversas medidas para reducir la inflación, entre las medidas se había anunciado la exención de pago del arancel de importación de algunos productos de la canasta básica.

DECRETO por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican:

• En el Artículo Primero del Decreto se enlistan las 65 fracciones arancelarias de productos que forman parte de la canasta básica que a partir de mañana, estarán exentos del Impuesto General de Importación (IGI) y cuya vigencia durará un año, el cual podrá ser prorrogable por un periodo igual.

• Entre los productos e insumos se encuentran los siguientes: aceite de maíz, arroz, atún, carne de cerdo, carne de pollo, carne de res, cebolla, chile jalapeño, frijol, harina de maíz, harina de trigo, huevo, jabón de tocador, jitomate, leche, limón, maíz blanco, manzana, naranja, pan de caja, papa, pasta para sopa, sardina, sorgo, trigo y zanahoria.

• En el Artículo Segundo se enlistan 6 fracciones arancelarias de animales vivos de las especies bovina, porcina, ovina o caprina, gallos y gallinas; cuya exención del pago del IGI entrará en vigor el día siguiente al que la Secretaría de Economía comunique, mediante publicación en el DOF, que cuenta con la opinión de la Comisión de Comercio Exterior (COMEXT) conforme a la Ley de Comercio Exterior y estará en vigor hasta la misma fecha en que se encuentre vigente el artículo Primero, en términos del Transitorio Primero del Decreto en mención.

Por la importancia del presente DECRETO, les recomendamos revisar a detalle la publicación, favor de dar clic aquí

Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.

Nos reiteramos a sus órdenes…


Nos asociamos con nuestros clientes para aportar, implementar y mantener soluciones integrales en Comercio Exterior que ayuden a resolver sus requerimientos, expectativas y necesidades más exigentes.

Atentamente,

Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
En Grupo Galván estamos convencidos de que, si es importante para Usted… es importante para Nosotros! Yes, We Care!
¡Contáctanos! 01 800 Galván

“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de este Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno, ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”

  • 28
  • 29
  • 30
  • 31
  • 32
  • 33
  • 34

Boletines recientes

  • SE PUBLICAN LAS PREGUNTAS FRECUENTES DE LA MVE

    25 de febrero de 2026Sin Comentarios
  • SE PUBLICA REFORMA AL REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA

    24 de febrero de 2026Sin Comentarios
  • SE MODIFICAN REGLAS DE SECRETARÍA DE ECONOMÍA: SE REFURZAN REQUISITOS PARA LOS AAIPS

    13 de febrero de 2026Sin Comentarios

Bolsa de Trabajo

Sugerencias

Evaluación del Servicio

Aviso de Privacidad

Reporte de Incidentes

Diseño y Desarrollo por +Simple

Redes Sociales

TOP