En la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) del día de ayer 22 de abril del 2024, la Secretaría de Economía publicó el “DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, el cual entró en vigor el día de HOY 23 de abril del 2024 y concluirá su vigencia el 23 de abril del 2026 (2 años después).
El Gobierno federal consideró conveniente establecer aranceles temporales a la importación, de entre 5% a 50%, aplicable para mercancías clasificadas en 544 fracciones arancelarias relativas al acero, aluminio, textiles, confección, calzado, madera, plástico y sus manufacturas, productos químicos, papel y cartón, productos cerámicos, vidrio y sus manufacturas, material eléctrico, material de transporte, instrumentos musicales, muebles, entre otras.
Finalidad:
Brindar certidumbre y condiciones de mercado justas a los sectores de la industria nacional que enfrentan situaciones de vulnerabilidad, derivado de las prácticas que alteran y afectan el comercio internacional y, así fomentar el desarrollo de la industria nacional y apoyar el mercado interno.
Justificación:
Que debido a la creciente implementación de nuevos modelos comerciales a nivel mundial, como el caso de la relocalización (nearshoring), que tiene por objeto acercar la producción de las mercancías a los territorios de consumo, resulta necesario implementar acciones concretas que permitan una interacción equilibrada del mercado para evitar distorsiones económicas que puedan afectar la relocalización de los sectores productivos considerados estratégicos para el país, así como la atracción de nuevas empresas e industrias de alto valor agregado.
Detalle del Decreto:
• Artículo Único. Se modifican temporalmente los aranceles de 544 fracciones arancelarias.
*Cabe mencionar que aproximadamente en169 fracciones arancelarias no fue modificada la tasa del impuesto general de importación, sin embargo con la publicación del presente Decreto se prorrogará su vigencia hasta el 2026.
• Transitorio Primero:
◦ Entrada en vigor: Al día siguiente de su publicación en DOF (23/04/2024)
◦ Vigencia: 2 años contados a partir de su entrada en vigor.
• Transitorio Segundo: Se abroga el «Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación» publicado en DOF el 15 de agosto de 2023.
• Transitorio Tercero:
Para los efectos del «Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial», a partir de la entrada en vigor del presente ordenamiento y hasta el término de su vigencia, los programas a que se refieren las fracciones I, II y XIX del artículo 5 de dicho decreto quedan incluidas las siguientes fracciones arancelarias:
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