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2. Suspensión del SEA por declaración inexacta del NICO

Regla 1.4.12 Procedimiento para dejar sin efectos la suspensión para operar en el SEA por la declaración inexacta del NICO.
Se modifica el procedimiento para que los Agentes Aduanales e importadores suspendidos para operar en el SEA por declaración inexacta del NICO sean reactivados. Se deberá de presentar solicitud a la autoridad aduanera en términos de la
ficha de trámite 20/LA “
Aviso
Solicitud
para dejar sin efectos la suspensión para operar en el SEA para el despacho de mercancías”,
contenida en el Anexo 2.


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Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
Nos reiteramos a sus órdenes…
Atentamente,
Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de este Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno, ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”




