
Hacemos de su conocimiento que, el día de hoy 31 de julio de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su portal, la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026 y Anexos 1 y 2 en su Tercera versión anticipada, cuyo contenido surtirá efectos en términos de la regla 1.1.2, es decir, que los beneficios contenidos en dichas reglas, serán aplicables a partir de su publicación en el Portal del SAT, salvo que se señale fecha expresa para tales efectos.
A través de la citada publicación se resaltan facilidades temporales relacionadas a la implementación de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE), siendo las siguientes:
Nueva Prórroga a la transmisión obligatoria de la MVE:
Hasta el 30 de septiembre de 2026, podrán seguir cumpliendo con la obligación de la Manifestación de Valor conforme al esquema transitorio previsto en las RGCE 2025 (esquema hibrido). |
Facilidad para no duplicar la transmisión de documentos:
Hasta el 31 de diciembre de 2026, no será necesario adjuntar dentro de la MVE los documentos señalados en las fracciones II, III y IV del artículo 81 del Reglamento (documentos de transporte, origen y garantías), siempre que dicha documentación se transmita conforme al artículo 36-A de la Ley Aduanera (e-documents). |
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Es importante considerar que la citada disposición no elimina la obligación de elaborar la Manifestación de Valor ni de contar con la documentación de soporte, únicamente otorga facilidades temporales para continuar con su proceso de implementación reduciendo la información y documentación que debe de transmitirse electrónicamente y evitando duplicidades, por lo cual los invitamos a continuar realizando las pruebas correspondientes para asegurar su correcto cumplimiento.
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Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
Nos reiteramos a sus órdenes…
Atentamente,
Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
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