En la tarde del día de ayer 24 de noviembre del 2021, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer a través de su Portal de Internet la esperada prórroga a la obligación de emitir el CFDI con Complemento Carta Porte por medio de la publicación de la 1.ª Versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.
En la citada Resolución se modifica el Artículo Décimo Primero Transitorio en el cual establece que para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del Complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de enero de 2022, recordando que anteriormente estaba previsto su cumplimiento para el 1 de diciembre del presente año.
La Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, sin embargo, el beneficio mencionado anteriormente será aplicable a partir del 24 de noviembre del 2021, fecha en la cual se dio a conocer en el Portal del SAT, esto de conformidad con lo establecido en la Regla 1.8 de la RMF.
Por lo anterior, la Autoridad concedió un mes más para que los contribuyentes obligados a emitir un CFDI con Complemento Carta Porte se preparen en su implementación para dar correcto cumplimiento. Recomendamos seguir pendientes de las publicaciones y aclaraciones que seguramente continuará realizando la autoridad a través de su Portal.
Para mayor detalle, favor de remitirse a la Resolución de Modificaciones a la RMF dando clic aquí
Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
Nos reiteramos a sus órdenes…
Atentamente,
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