
Considerando que la Ventana de mantenimiento de la VUCEM se llevará a cabo del 8 al 15 de febrero de 2025, algunas Secretarías han empezado a publicar las acciones y procedimientos que realizarán durante la semana en que estará inactiva la VUCEM con la finalidad de que los usuarios de comercio exterior puedan tomar sus precauciones.
Alcance al Boletín BES-0125.09
1. Secretaría de Economía:
Les informamos que la Secretaría de Economía publicó a través del portal de SNICE el “Aviso por el que se dan a conocer las acciones que se realizarán por parte de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) en el periodo en que estará inactivo el servicio de la VUCEM” de fecha 24 de enero de 2025. con el principal propósito de informar las consideraciones que deberán tomar en cuenta los actores de comercio exterior para la presentación de sus trámites.
A continuación se puntualizan algunas de las principales consideraciones:
• Días inhábiles.
En relación a los trámites administrados vía VUCEM se informa que se considerarán como días inhábiles para todos los efectos legales desde el lunes 10 de febrero de 2025 y hasta que se publique un aviso en el portal del SNICE comunicando la reanudación de los plazos y de los servicios de VUCEM
• Previsiones
• La VUCEM se encontrará disponible hasta el viernes 07/02/2025 a las 23:59.
• Trámites que se validan electrónicamente en aduana, es necesario que los usuarios firmen de notificado sus resoluciones pendientes a través de VUCEM, a más tardar el 07/02/2025, de omitir este proceso, no se transmitirá la información a la aduana
• Instrumentos y programas
• Para los trámites que sean ingresados a la VUCEM después de las fechas que se estipulan, serán atendidos a partir del día en que se encuentre disponible la VUCEM

En lo que respecta a los Avisos de Importación de Productos Siderúrgicos (AAIPS) la Secretaría de Economía informa que implementará un esquema para realizar la revisión y estar en posibilidad de emitir resoluciones a partir de que la VUCEM se encuentre disponible.
• Esquemas fuera de la VUCEM.
Se aclara que los esquemas que se administran fuera de la VUCEM seguirán operando de manera normal y continua, citando los siguientes:
• Certificados de Origen: Colombia
• NOM (etiquetado 2.4.7, equivalencia)
• Permisos Previos de exportación de Azúcar
• Aviso Automático de exportación de tomate fresco
• Certificados de origen emergentes (AAPR 38, APPR 29 y PAR4 Panamá)
• Otros trámites
La Secretaría de Economía informa que para los instrumentos y programas distintos a los mencionados anteriormente, que se tramiten vía VUCEM, los plazos se suspenderán a partir del lunes 10 de febrero y hasta que se emita el aviso donde se informe que se reanudan los plazos.
🌐 Para mayor detalle de las acciones por parte de la Secretaria de Economía, favor de consultar el Aviso dando clic aquí
2. ACCIONES POR PARTE DE LA SENASICA.
La Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria (DGIF), de la SENASICA informó a través del Boletín informativo DGIF 002/2025, las acciones aplicables a la operación de las importaciones en la semana del 8 al 15 de febrero en que se llevará a cabo el mantenimiento de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VDMCE).
• Se recomienda programar las importaciones y adelantar las capturas de las solicitudes en la VUCEM la semana previa a la contingencia.
• Señala las opciones para la atención de las solicitudes de importación durante el periodo de contingencia
🌐 Para mayor detalle de las acciones por parte de la DGIF, favor de consultar:
• Boletín informativo DGIF N° 002/2025 dando clic aquí
• Procedimientos alternos para la liberación de certificados de importación, dando clic aquí
Los seguiremos manteniendo informados de los posteriores comunicados que se emitan para su consideración.
Recordando que la División SECOMEX de Grupo Galván los mantiene informados sobre los temas más relevantes.
Nos reiteramos a sus órdenes…
Atentamente,
Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de este Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno, ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”