FE DE ERRATAS
Boletín BES-0218.01 de Feb 01, 2018
Anexo 27 “Fracciones Arancelarias de la TIGIE, por cuya importación no se está sujeta al pago del IVA”
Se hace referencia a las 41 fracciones arancelarias correspondientes al capítulo 84 de la TIGIE, las cuales fueron dadas a conocer desde la publicación del Anexo 27 de las RGCE para 2018 en el DOF del día 19 de Diciembre del 2017, por lo que se confirma que el único cambio en la presente Resolución Anticipada de las citadas Reglas en el este Anexo radica en la nota aclaratoria “A” como a continuación se compara:
PUBLICACIÓN DEL ANEXO 27 (DOF 19/12/2017) |
VERSIÓN ANTICIPADA DE LAS RGCE (PUBLICACIÓN 30/01/2018) |
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Únicamente máquinas, aparatos y artefactos, para uso agrícola como equipo integrado a invernadero hidropónico |
Únicamente máquinas, aparatos y artefactos, para uso agrícola. |
Equipo para integrarse a invernaderos hidropónicos. |
Con este cambio se esclarece cuáles son las mercancías que no estarán sujetas al pago del IVA.
Agradeciendo su atención, quedamos a sus órdenes.
Nos asociamos con nuestros clientes para aportar, implementar y mantener soluciones integrales en Comercio Exterior que ayuden a resolver sus requerimientos, expectativas y necesidades más exigentes.
Atentamente,
Lic Laura Mora
Tel: (461) 615-3253
lmora@grupogalvan.com.mx
Directora División SECOMEX
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
En Grupo Galván estamos convencidos de que,
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01 800 Galván
“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de éste Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”