Prórroga del Artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera
Documentos adjuntos a la Manifestación de Valor
Boletín No.P045 – 19 de Junio 2015
En relación con la publicación del Reglamento de la Ley Aduanera publicado el pasado 20 de Abril de 2015, por lo que respecta a las obligaciones señaladas en el artículo 81, se les informa que los elementos que el importador debe proporcionar anexos* a la manifestación de valor, serán exigibles a partir del 1° de Septiembre de 2015.
Es importante que se tome nota sobre esta disposición por parte de la autoridad.
* puede consultar el Boletín BES-0615-10 donde encontrará el listado de anexos
Nos asociamos con nuestros clientes para aportar, implementar y mantener soluciones integrales en Comercio Exterior que ayuden a resolver sus requerimientos, expectativas y necesidades más exigentes.
En la División SECOMEX de Grupo Galván podemos apoyarle y darle el soporte necesario para cumplir con estas nuevas obligaciones.
Servicios al Comercio Exterior | Grupo Aduanal Galván, SC
Directora División SECOMEX
Lic. Laura Mora
lmora@grupogalvan.com.mx
(461) 615-3253

“En cumplimiento con el Artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, el contenido de éste Boletín no tiene valor jurídico, legal o mercantil alguno ya que solo es de carácter informativo por lo que Grupo Aduanal Galván SC, Galvan Group Inc o su marca Grupo Galván no son responsables por las consecuencias de cualquier acción tomada basándose en la información proporcionada.”